Javier Vidal, mallorquín de 49 años, tuvo que abandonar su vocación de ser juez. Cuando solo le quedaba un examen, se vio obligado a plantarse por un asunto personal. Sin embargo, se le presentó la oportunidad de ejercer de juez sustituto, una figura que permite ejercer temporalmente la judicatura a juristas sin tener que aprobar la oposición, pasando una prueba de méritos y una entrevista. Valoraron sus cinco años de preparación de la oposición y terminó accediendo. “Fue una experiencia muy bonita, pero las condiciones eran muy malas”, explica. Aguantó cuatro años con contratos temporales en los que, aunque cobraba el mismo sueldo de un juez titular, era contratado solo por periodos de dos meses, tres semanas o incluso para un solo día suelto. Cuando se le acababa el contrato, se le daba de baja de la Seguridad Social y tenía que esperar a que pudiera acceder a otra sustitución. Al final, tuvo que tomar una decisión: dedicarse a tiempo completo a la abogacía, un oficio que, sin ser su vocación inicial, evita la “estabilidad cero” de la judicatura interina.
Desde el Ministerio de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes aseguran que están enfocados en “encontrar una solución definitiva” para aliviar esta situación, en la que se encuentran 913 personas —el 80%, mujeres—. Por cada seis jueces titulares, hay uno sustituto, según los datos del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). Admiten que hay una situación de abuso en la temporalidad porque “se están usando a los jueces sustitutos para cuestiones permanentes, y no coyunturales”. Se han convertido en parte esencial de un Poder Judicial prácticamente colapsado por la falta de personal. Inmaculada Domínguez, jueza interina durante 15 años y presidenta de Plataforma de Jueces y Juezas Sustitutos/as, denuncia que están a disposición de sus Tribunales Superiores de Justicia (TSJ) “los 365 días del año, las 24 horas del día” y no perciben “ningún tipo de retribución por esa disponibilidad”.
El Congreso de los Diputados aprobó el pasado 19 de diciembre la Ley de Eficiencia del Servicio Público de Justicia que, entre otras cosas, obliga a aprobar, en un plazo de tres meses, un proyecto de ley orgánica que tiene el objetivo de “acabar con la temporalidad de juezas y jueces sustitutos, aumentar el número de efectivos y fortalecer las carreras judicial y fiscal”. También pretenden “acomodar el régimen retributivo” a los principios de independencia económica y protección durante el servicio activo y la jubilación. Con el sistema actual, solo cobran y cotizan los días de llamamiento (los días que están ejerciendo la judicatura). Esto se suma a un régimen de incompatibilidades, al que el ministerio pretende poner punto y final.
Dicho régimen impide que los juristas en bolsa como jueces y fiscales sustitutos desempeñen otros oficios, salvo la docencia. Esto provoca que optar a una prestación de desempleo sea una labor titánica. Cualquier trabajador necesita cotizar un año para conseguir el paro. Los jueces sustitutos tardan “hasta tres años”, según Domínguez, en conseguir los días requeridos para el subsidio, lo que implica que solo se cubren las bajas sanitarias si las solicitan mientras están ejerciendo la sustitución.
En un primer momento, percibían el subsidio hasta la fecha en la que terminaba su llamamiento, hasta que en 2022 el Tribunal Supremo falló en favor de un juez sustituto que solicitaba el pago de todo el periodo de incapacidad. Esto ha sido así hasta hace unos pocos meses. Lydia Polo, presidenta de la asociación Pro Dignidad y juez interina durante 15 años, denuncia que una nueva interpretación de la sentencia permite que, de nuevo, solo se pague la baja mientras están sustituyendo a un juez titular. En el momento en el que vuelve, se les retira. Polo habla de más de una veintena de reclamaciones, todas denegadas, “contraviniendo” la sentencia del Supremo. Fuentes del Ministerio de Justicia alegan que muchas de estas reclamaciones son de situaciones pasadas y “se están examinando caso por caso”. Añaden que se trata de “un tema complejo” donde “resulta difícil dar reglas generales”.
La Unión Europea está atenta a cada movimiento que España hace en este campo. El Ministerio de Justicia, dirigido por Félix Bolaños, ya ha recibido dos cartas de emplazamiento de la Comisión Europea —la última, el pasado octubre—, donde se denuncia la trasposición insuficiente en la legislación nacional de la cláusula 5 del Acuerdo Marco sobre el trabajo de duración determinada de la justicia interina. Este documento reconoce a los jueces sustitutos como trabajadores temporales, de acuerdo con una directiva de la UE aprobada en 1999. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea sancionó a Italia por considerar que ejerció un abuso de temporalidad sobre sus jueces honorarios, una figura muy similar a los jueces sustitutos españoles.
La precariedad laboral que sufren no solo se limita a las jornadas en las que ejercen la judicatura. Javier Vidal cuenta que en un solo día podía llegar a tener siete juicios en diferentes jurisprudencias. Cuando terminaba su contrato, tenía que pasarse semanas en casa estudiando los casos y dictando sentencias. Un tiempo en el que no cobraba ni un solo euro. Domínguez apunta que tampoco se recompensa “el sobreesfuerzo” de formarse en diferentes legislaciones. “Me ha pasado de estar celebrando juicios civiles y que me llame decanato y me diga que el día siguiente tengo diez juicios de penal”, relata. Aunque descuenten de sus nóminas una cuota para formación en los cursos que ofrece el CGPJ, no pueden acceder a ellos, pues están reservados para jueces titulares.
Déficit endémico de jueces
La existencia y las condiciones de los jueces sustitutos responde, en palabras de Natalia Velilla, magistrada y miembro del consejo editorial de la Fundación Hay Derecho, a un “déficit endémico de jueces”. Pese a que considera que la judicatura temporal se trata “de una desviación” y “algo que no debería existir” en el Poder Judicial, reconoce que sus condiciones laborales son “lamentables”. Este hecho revela que la implementación de esta figura “no ha sido demasiado buena”.
Velilla propone otras soluciones. La primera y principal se trata del aumento de plazas anuales para la judicatura. El Plan Estratégico 2024-2033 de la Comisión Permanente del CGPJ, publicado el pasado julio, revelaba que se necesitan 350 nuevos jueces cada año para cubrir la tasa de reposición de los miembros de la judicatura. En el año 2023, ingresaron 205 personas en la Carrera Judicial. Además, propone dotar de medios a los Jueces de Adscripción Territorial (JAT), adscritos a cada uno de los Tribunales Superiores de Justicia, que ofrecen disposición completa para suplir o apoyar a los compañeros de cualquier juzgado de la región.
Lydia Polo considera que la comparación con los JAT es “idónea”, ya que cumplen las mismas funciones y la única diferencia es que estos sí son jueces titulados. Por ello, pide fijarse en esta figura para estructurar un “proceso de estabilización que reconozca la experiencia de los jueces sustitutos” y tener la misma estabilidad y derechos laborales que tienen los JAT.
Trabajar con estas condiciones provoca que la conciliación personal y laboral constituya una tarea casi imposible. No pueden ni plantearse pasar unos días fuera de España, ya que les pueden llamar de un día para otro. La inestabilidad afecta a la vida familiar de los jueces interinos. Domínguez avanza que “tiene un 90% de posibilidades” de trabajar los festivos de las dos semanas de Navidad: “No puedo planear hacer nada fuera de mi [lugar de] domicilio porque en cualquier momento me pueden llamar”.