La teniente fiscal del Tribunal Supremo, María Ángeles Sánchez Conde, se opone a que la Sala Penal investigue a su jefe, el fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, por revelación de secretos a raíz de la querella presentada por Alberto González Amador, pareja de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso. Sánchez Conde ha registrado el escrito que reclamó el alto tribunal para conocer la posición del ministerio público antes de decidir si abre una causa a García Ortiz. La número dos del ministerio público considera que no hay indicios de delito en la actuación del fiscal general y pide a la Sala Penal que archive el caso.
“Ningún extremo de los contenidos en la nota informativa de la Fiscalía era desconocido cuando se hizo pública, es decir, todos los datos que se dicen revelados por esa nota informativa eran, en realidad, datos de público conocimiento”, concluye Sánchez Conde sobre el comunicado difundido por la Fiscalía de Madrid que la pareja de Díaz Ayuso considera delictivo. “En consecuencia”, añade, “desaparecido el carácter secreto o reservado de lo difundido, fruto de la publicación de su íntegro contenido en diferentes medios de comunicación, parece claro que los hechos no pueden ser típicos [constituir delito]”. La posición de la teniente fiscal no es vinculante para los jueces del Supremo, que deben decidir ahora si imputan a García Ortiz.
La querella que ahora está en la mesa de la Sala Penal del Supremo se centra en la publicación, por parte de la Fiscalía, de una nota de prensa que desmentía un bulo difundido por el equipo de Díaz Ayuso tras conocerse la causa por fraude fiscal abierta contra su pareja. El origen del caso se sitúa en la noche del pasado 13 de marzo, cuando, horas después de conocerse la denuncia de la Fiscalía de Madrid contra González Amador por defraudar más de 350.000 euros a Hacienda, El Mundo publicó que el ministerio público le había ofrecido ese mismo día un pacto por correo electrónico. Los populares intentaban así vender la tesis de que esa oferta, que después se habría retirado, formaba parte de una especie de chantaje con fines políticos.
Ante la avalancha de peticiones de información al ministerio público, la Fiscalía de Madrid emitió un comunicado en la mañana del 14 de marzo en el que explicaba que en realidad había sido el abogado de González Amador quien, más de un mes antes, había tratado de alcanzar ese acuerdo con la Fiscalía, un procedimiento habitual por el que los acusados reconocen sus delitos (la pareja de Ayuso admitía haber cometido dos delitos fiscales) a cambio de una rebaja de la pena que le correspondería. Esa nota de prensa es la que, según la pareja de Ayuso, incurre en un delito de revelación de secretos porque revelaba datos particulares.
La teniente fiscal del Supremo descarta este extremo y defiende que el comunicado cumple con la obligación que impone el artículo 4.5 de la ley que regula el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal, que establece: “El Ministerio Fiscal, para el ejercicio de sus funciones, podrá: informar a la opinión pública de los acontecimientos que se produzcan, siempre en el ámbito de su competencia y con respeto al secreto del sumario y, en general, a los deberes de reserva y sigilo inherentes a su cargo y a los derechos de los afectados”.
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