El banquillo de los acusados espera a José Manuel Baltar, quien fuera durante una década el máximo responsable del PP de Ourense y presidente de la Diputación de esa provincia. El Tribunal Supremo ha previsto que este lunes, a partir de las 10.30, arranque el juicio contra el dirigente popular, último gran exponente del enorme poder que acumuló la familia Baltar en el PP gallego —de hecho, él mismo heredó los dos cargos mencionados anteriormente de su padre José Luis, quien ya estuvo dos décadas al frente de la Diputación—. José Manuel Baltar es actualmente senador de la formación por designación del Parlamento gallego.
¿De qué se le acusa? La magistrada Ana María Ferrer ordenó la apertura de juicio oral contra Baltar el pasado 9 de julio por un presunto delito contra la seguridad vial. Según la instrucción, en la tarde del 23 de abril de 2023, la Guardia Civil detectó al entonces presidente de la Diputación conduciendo un vehículo oficial a 215 kilómetros por hora. Un radar “instalado en un trípode en un coche de la Agrupación de Tráfico que estaba estacionado” lo cazó a las 18.43 en el kilómetro 66,9 de la A-52, a la altura del municipio de Asturianos (Zamora). En ese punto, el límite máximo permitido es de 120 kilómetros por hora.
¿Por qué se le juzga en el Supremo? Baltar ostenta actualmente la condición de senador y, por tanto, se encuentra aforado ante el alto tribunal. El PP echó mano de su mayoría absoluta en Galicia para que el Parlamento regional lo incluyera en el listado de senadores de designación autonómica cuando ya estaba abierto el proceso penal contra él. Esta decisión provocó que la vista oral, que el popular ya había tratado de dilatar lo máximo posible, se demorara aún más.
Desde que la Guardia Civil lo cazó, el expresidente provincial ha hecho todo lo posible para ralentizar la causa. Sobre todo, antes de las elecciones municipales del 28 de mayo de 2023, cuando todavía mantenía su candidatura para seguir al frente de la Diputación de Ourense —una opción que se truncó después, cuando los populares perdieron la mayoría absoluta en dicha institución—. El caso debía haberse visto en un juicio rápido el 9 de mayo de 2023 ante el Juzgado de Instrucción 1 de Puebla de Sanabria, pero forzó el aplazamiento y posterior suspensión con varias maniobras, incluyendo plantes a la jueza. Al expresar allí finalmente su disconformidad con la pena solicitada para él, se derivó a los juzgados de lo Penal de Zamora, que tuvieron que reenviarlo al Supremo tras ser designado senador en julio de 2023.
¿A qué pena se enfrenta? Según consta en el auto de apertura de juicio oral, la Fiscalía pide para Baltar una multa de 1.800 euros —cantidad de la que se debe descontar el importe abonado por la multa administrativa derivada del exceso de velocidad— y la retirada del carné de conducir durante un año y un día. Además, el ministerio público reclama que también pague todas las costas derivadas del proceso judicial.
¿Cómo se defiende Baltar? En diciembre de 2023, durante su declaración como imputado ante la jueza instructora del Tribunal Supremo, el senador negó que condujera el coche el 23 de abril de ese año a la velocidad marcada por el radar de la Guardia Civil. Según alega su defensa, nunca superó los 200 kilómetros por hora, justo el límite a partir del cual se consideraría que cometió un delito en el punto de la autovía donde fue detectado.
El Código Penal establece que, en vías interurbanas, es un delito contra la seguridad del tráfico el superar en más de 80 kilómetros por hora la velocidad máxima permitida. No obstante, se aplica un margen de error del 5% en los radares “estáticos”. Pero, incluso así, descontando el margen de error de esos 215 km/h, el resultado sería que iba a 204 km/h y, por tanto, también por encima de 200 km/h.
Durante la instrucción, el abogado de Baltar pidió igualmente la nulidad del caso, pero el Supremo la rechazó. La defensa dijo que ya había sido multado en vía administrativa por los mismos hechos con 600 euros y la pérdida de seis puntos del carné; pero la Fiscalía respondió que el procedimiento sancionador está suspendido “a la espera”, precisamente, “de que concluya el proceso penal”.