Barcelona se prepara para los cambios en su ordenanza de circulación que entran en vigor el 1 de febrero y afectan, sobre todo, a vehículos de movilidad personal (VMP, que son esencialmente patinetes eléctricos). Y en menor medida, a las bicicletas. La nueva ordenanza, busca que las aceras sean solo para los peatones, elevar las exigencias a los conductores de patinetes eléctricos (deberán llevar caso y los vehículos no pueden superar los 25 kilómetros por hora) y mejorar la convivencia entre los vehículos. Los cambios normativos contemplan multas de entre 100 y 500 euros. El consistorio ha iniciado este jueves una campaña informativa previa a las sanciones que ha detallado en una comparecencia el director de servicios de Movilidad del Ayuntamiento, Adrià Gomila, en la que ha explicado que la ciudad se avanza a la Dirección General de Tráfico (DGT) que prepara un reglamento paraguas para desplegar la ley vigente, que cada ciudad puede trasladar a su realidad con ordenanzas municipales.
500 euros por circular por la acera
Entre las novedades, la sanción más elevada, de 500 euros, se aplicará tanto a VMP como bicis si circulan por la acera. Los patinetes no podrán circular por las aceras en ningún caso. Según un estudio reciente del RACC, tres de cada cuatro lo hacen. Las bicicletas tienen tres excepciones: si las conducen menores de 12 años acompañados de adultos; o si pedalean menores de 14 años o adultos con sillitas con menores en calles en las que no hay carril bici.
Casco obligatorio para los conductores de patinete
El mayor cambio para los patinetes es la imposición de casco obligatorio. A partir del 1 de febrero no llevarlo será sancionado con 100 euros. Desde hace años, tras varios accidentes mortales y con la evidencia de que los accidentes con patinetes implicados son los que más suben, algunos conductores (sobre todo si son mujeres) ya llevan casco, aunque no es obligatorio. El Consistorio no ha calculado qué porcentaje de estos conductores lo utiliza. Desde hace años, sí está vigente la prohibición de circular más de una persona en patinete eléctrico (100 euros de multa) o de utilizar estos vehículos a menores de 16 años (200 euros). Las multas han reducido drásticamente estas dos infracciones. También es obligatorio que lleven luces delanteras y traseras.
Por dónde pueden circular los patinetes
La ordenanza de circulación establece que los patinetes eléctricos pueden circular (con un límite de velocidad máximo de 25 kilómetros por hora) o por carriles bici, o en calzada por calles de la red secundaria, donde la velocidad máxima permitida es de 30 kilómetros por hora. No pueden circular por calles de la red básica, los de 50 kilómetros por hora de velocidad permitida.
“A más de 25 kilómetros por hora, no es un patinete”
La ordenanza fija que si los patinetes eléctricos circulan a más de 25 kilómetros, la sanción sea de 500 euros. “Si un vehículo de movilidad personal puede alcanzar más de 25 kilómetros por hora, ya no es un vehículo de movilidad personal, sino de categoría L, por lo tanto tiene los requerimientos de una moto”, ha precisado Gomila este jueves.
Bicis y VMP, en la mano en calles peatonales concurridas
En las calles peatonales, bicicletas y patinetes no tienen prohibida la circulación, porque son vías por las que también circulan coches de vecinos, taxis o servicios públicos y reparto (en horarios limitados). Pero la ordenanza sí les obliga a bajar de la bicicleta o el patinete “en situaciones de aglomeración de peatones”. La ordenanza también prohíbe atar estos vehículos en árboles, semáforos, bancos, contenedores o “cualquier otro mobiliario urbano”.
Las motos en acera
La ordenanza también aborda el aparcamiento de motos en las aceras de Barcelona, un cuento de nunca acabar sobre el que desde hace décadas se anuncian planes de choque que ningún gobierno municipal ha logrado cumplir. La capital catalana es la ciudad con más motos de Europa (270.000, un tercio del censo de vehículos y 350.000 usuarios, si se cuenta a los que entran de otras ciudades). Pese a que se han pintado miles de aparcamientos para motocicletas en calzada, no hay suficientes para las motos de la ciudad. Es una cuestión de números. La ordenanza pide “aparcar preferiblemente en calzada”, recuerda que está prohibido aparcar en aceras de menos de tres metros (la sanción es de 50 euros) y como novedad prohíbe estacionar en aceras de acceso a centros escolares y hospitales (500 euros de sanción).