El Grupo Parlamentario socialista ha registrado este viernes en el Congreso la “proposición de ley orgánica de garantía y protección de los derechos fundamentales frente al acoso derivado de acciones judiciales abusivas”, que pretende limitar la acusación popular, prohibiendo que la ejerzan partidos políticos y asociaciones y fundaciones vinculadas a ellos; así como la admisión de denuncias basadas “en meras hipótesis sin un mínimo fundamento de credibilidad, o en informaciones periodísticas o contenidas en cualquier medio o canal de comunicación o difusión sin otros datos o elementos fácticos que sirvan para acreditar indiciariamente los hechos denunciados”. La propuesta, adelantada por la Cadena SER, se registra después de la apertura de una investigación contra la esposa del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, a raíz de una denuncia de Manos Limpias basada en recortes de prensa. “Excepcionalmente”, añade el texto, “se admitirán cuando reflejen hechos no contrastados, pero de conocimiento general o declaraciones efectuadas de modo libre y espontáneo por la persona sospechosa en relación con el objeto de la investigación, o declaraciones de personalidades u organizaciones políticas que no han sido desmentidas ni cuestionadas en el proceso”.
La norma que el PSOE pretende aprobar obligaría a modificar el Código Penal, para derogar su artículo 525, que establece penas de multa de ocho a 12 meses para quienes ofendan lo sentimientos religiosos; y a modificar varios artículos de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Tampoco podrían ejercer la acusación popular el Gobierno central y los autonómicos; el Congreso, el Senado y las asambleas regionales; los jueces y fiscales y sus asociaciones profesionales; el Tribunal Constitucional, el Consejo General y los demás órganos de gobierno del Poder Judicial, el Tribunal de Cuentas y el Defensor del Pueblo. El texto de la propuesta establece que “quienes pretendan ejercitar la acción popular deberán actuar en virtud de un vínculo concreto, relevante y suficiente con el interés público tutelado en el proceso penal” y que deberán “acreditar ante la autoridad judicial”.